La indebida denegación de licencias administrativas necesarias para la apertura de un negocio puede generar el derecho a reclamar a la Administración una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
Al respecto, el Tribunal Supremo ha señalado en múltiples Sentencias (por todas, Sentencia núm. 4942/2014 de 5 de diciembre) los presupuestos que deben concurrir para que prospere una reclamación de responsabilidad patrimonial por denegación injustificada de licencias administrativas:
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- Daño efectivo, evaluable económicamente: el perjuicio debe ser real y cuantificable. Por ello, es preciso disponer de un informe pericial económico que cuantifique el lucro cesante causado como consecuencia de la no apertura del negocio, es decir, el beneficio dejado de obtener por la denegación de la autorización.
- Antijuricidad del daño: es fundamental que el afectado no tenga el deber jurídico de soportar el daño generado como consecuencia de la resolución administrativa. Esto ocurre cuando la actuación de la administración no responde a una interpretación de la normativa ajustada a criterios razonables y razonados (Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de febrero de 1996).
- Nexo causal: debe existir una relación directa entre la actuación administrativa y el daño sufrido.
- Imputabilidad a la Administración: la actuación debe ser atribuible a la Administración en el ejercicio de sus competencias, pudiendo tener su origen en un acto administrativo.
- Plazo: la reclamación de responsabilidad patrimonial debe interponerse en el plazo de un año desde que se haya dictado la resolución por la que se acuerde anular la decisión denegatoria de concesión de la licencia administrativa.
Según la experiencia de Muro & San Juan, las Administraciones suelen centrar su defensa en estos supuestos en “atacar” las bases de la cuantificación del perjuicio económico. Además, suelen justificar que su actuación no resulta antijurídica.
Por ello, en el Despacho centramos la defensa de los intereses de nuestros clientes en acreditar cómo ha actuado la Administración, en supuestos similares, y, además, en justificar que la Administración ha actuado de forma discrecional en la interpretación de criterios reglados.
Si usted se ha visto perjudicado por la denegación de una autorización o licencia administrativa que le ha impedido la apertura del negocio que tenía proyectado, nuestros profesionales podrán asistirle tanto en la cuantificación del perjuicio económico sufrido, como en la propia interposición de acciones administrativas y judiciales en reclamación de la responsabilidad patrimonial de la Administración.